La LISMI (Normativa Lismi) es la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de Minusválidos, que establece para las empresas públicas y privadas que empleen a más de 50 trabajadores, la obligación de contratar a un número de trabajadores discapacitados no inferior al 2%.
Si la empresa pública o privada que debe cumplir dicha ley Lismi o Normativa Lismi no puede hacerlo por alguna circunstancia, puede acogerse a unas medidas alternativas de carácter excepcional según lo establecido en el Real Decreto 27/2000, de 14 de enero.
El cumplimiento de estas medidas de la Normativa Lismi pasan por:
La excepcionalidad en la Normativa Lismi se produce:
Y la excepcionalidad hay que solicitarla ante la oficina del INEM. Si dicha solicitud no se ha producido, aunque se contraten servicios a un Centro Especial de Empleo o se aplique cualquiera de las otras medidas alternativas no se está cumpliendo la Ley.
Para todo ello, y con el objeto de agilizar y favorecer la incorporación laboral de las personas con discapacidad, así como la aplicación de las medidas alternativas correspondientes a la Lismi, el Grupo Gureak ofrece asesoramiento especializado, tanto para la integración laboral como para el cumplimiento de estas medidas alternativas de la Normativa Lismi, estando en disposición de colaborar y participar en cuantos procesos se consideren necesarios.